El pasado 24 de febrero entraron en vigor los cambios a la regulación sobre el término de “carga pública”, la cual podría afectar las solicitudes de ajuste migratorio de personas que reciban ciertos beneficios públicos.
El término “carga pública” (public charge) se refiere a las personas que son propensas a depender económicamente del gobierno para su subsistencia. La regulación que acaba de entrar en vigor establece nuevos criterios para determinar si una persona es considerada “carga pública”. En este sentido, las autoridades migratorias tomarán en cuenta la edad, ingresos, salud, situación laboral y educación del solicitante, y si ha utilizado beneficios públicos.
La nueva regulación incluye los siguientes programas:
Estampillas de comida (SNAP o EBT); apoyo para vivienda (Sección 8); Medicaid (excepto servicios de emergencia, atención a menores de 21 años y mujeres embarazadas) y programas de asistencia en efectivo (TANF o SSI).
Programas como WIC, CHIP, desayunos escolares, bancos de comida, albergues y programas de salud locales y estatales no están incluidos en la consideración de carga pública.
La mayoría de los migrantes no serán afectados, esta regla es aplicable solamente cuando alguien está solicitando residencia legal permanente, o alguna visa para ingresar a los Estados Unidos. La regla no incluye a los refugiados, asilados y personas que han recibido visas humanitarias (solicitantes de VAWA, visas U, visas T, menores de edad con estatus especial). Tampoco incluye a los residentes permanentes que soliciten renovación o quienes soliciten la ciudadanía. La única excepción en esta categoría es el caso de los residentes permanentes que salgan de los Estados Unidos por más de 180 días, ya que a su reingreso pueden estar sujetos al examen de carga pública.
Si tiene dudas y no sabe si estos cambios pueden afectarle, es recomendable que reciba asesoría de un abogado especializado. El Consulado General de México en Phoenix cuenta con un programa de orientación legal gratuita de lunes a viernes de 10am a 12pm. Para conocer el calendario con más información sobre el tipo de asesorías que se brindarán, consulte nuestras redes sociales o comuníquese al Departamento de Protección del Consulado General de México en Phoenix al 602-242-7398 o llame al CIAM al 520-623-7874.